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Alberto Acosta
ALAI AMLATINA, 16/04/2010.- En los Derechos de la Naturaleza el centro  está puesto en la Naturaleza. Esta vale por sí misma, independientemente  de la utilidad o usos del ser humano, que forma parte de la Naturaleza.
La compleja construcción de un proyecto de vida en común
Toda Constitución sintetiza un momento histórico. En toda Constitución  se cristalizan procesos sociales acumulados. Y en toda Constitución se  plasma una determinada forma de entender la vida. Una Constitución, sin  embargo, no hace a una sociedad. Es la sociedad la que elabora la  Constitución y la adopta casi como una hoja de ruta. Una Constitución,  más allá de su indudable trascendencia jurídica, es ante todo un  proyecto político de vida en común, que debe ser puesto en vigencia con  el concurso activo de la sociedad.
Desde esta perspectiva, la Constitución ecuatoriana -construida  colectivamente en los años 2007 y 2008-, fiel a las demandas acumuladas  en la sociedad, consecuente con las expectativas creadas, responsable  con los retos globales, se proyecta como medio e incluso como un fin  para dar paso a cambios estructurales. En su contenido afloran múltiples  definiciones para impulsar transformaciones de fondo, a partir de  propuestas construidas a lo largo de muchas décadas de resistencias y de  luchas sociales. Transformaciones, muchas veces, imposibles de aceptar  (e inclusive de entender) por parte de los constitucionalistas  tradicionales y de quienes a la postre ven como sus privilegios están en  peligro. Una de esas "novedades" se plasma en los Derechos de la  Naturaleza.
La Naturaleza en el centro del debate
La acumulación material -mecanicista e interminable de bienes-,  apoltronada en "el utilitarismo antropocéntrico sobre la Naturaleza"- al  decir del uruguayo Eduardo Gudynas-, no tiene futuro. Los límites de  los estilos de vida sustentados en esta visión ideológica del progreso  son cada vez más notables y preocupantes. No se puede seguir asumiendo a  la Naturaleza como un factor de producción para el crecimiento  económico o como un simple objeto de las políticas de desarrollo.
Esto nos conduce a aceptar que la Naturaleza, en tanto término  conceptualizado por los seres humanos, debe ser reinterpretada y  revisada íntegramente. Para empezar la humanidad no está fuera de la  Naturaleza. La visión dominante, incluso al definir la Naturaleza sin  considerar a la humanidad como parte integral de la misma, ha abierto la  puerta para dominarla y manipularla. Se le ha transformado en recursos o  en "capital natural" a ser explotados. Cuando, en realidad, la  Naturaleza puede existir sin seres humanos...
En este punto hay que rescatar las dimensiones de la sustentabilidad.  Esta exige una nueva ética para organizar la vida misma. Un paso clave,  los objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes de  funcionamiento de los sistemas naturales, sin perder de vista el respeto  a la dignidad humana y la mejoría de la calidad de vida de las  personas.
Un proceso histórico de ampliación de los derechos
A lo largo de la historia, cada ampliación de los derechos fue  anteriormente impensable. La emancipación de los esclavos o la extensión  de los derechos civiles a los afroamericanos, a las mujeres y a los  niños fueron una vez rechazadas por los grupos dominantes por ser  consideradas como un absurdo. Para la abolición de la esclavitud se  requería que se reconozca "el derecho de tener derechos", lo que exigía  un esfuerzo político para cambiar aquellas leyes que negaban esos  derechos. Para liberar a la Naturaleza de esta condición de sujeto sin  derechos o de simple objeto de propiedad, es entonces necesario un  esfuerzo político que reconozca que la Naturaleza es sujeto de derechos.  Este aspecto es fundamental si aceptamos que todos los seres vivos  tienen el mismo derecho ontológico a la vida.
Esta lucha de liberación es, ante todo, un esfuerzo político que empieza  por reconocer que el sistema capitalista destruye sus propias  condiciones biofísicas de existencia. Dotarle de Derechos a la  Naturaleza significa, entonces, alentar políticamente su paso de objeto a  sujeto, como parte de un proceso centenario de ampliación de los  sujetos del derecho. Si se le aseguran derechos a la Naturaleza se  consolida el "derecho a la existencia" de los propios seres humanos,  como anotaba en 1988 el jurista suizo Jörg Leimbacher.
Del actual antropocentrismo debemos transitar, al decir de Gudynas, al  biocentrismo. Esto implica organizar la economía preservando la  integridad de los procesos naturales, garantizando los flujos de energía  y de materiales en la biosfera, sin dejar de preservar la  biodiversidad.
Estos planteamientos ubican con claridad por donde debería marchar la  construcción de una nueva forma de organización de la sociedad. Pero, no  será fácil. Sobre todo en la medida que ésta afecta los privilegios de  los círculos de poder nacionales y transnacionales, éstos harán lo  imposible para tratar de detener este proceso. Esta reacción,  lamentablemente, también se nutre de algunas acciones y decisiones del  gobierno de Rafael Correa, quien alentó con entusiasmo el proceso  constituyente y la aprobación popular de la Constitución de Montecristi,  pero que con algunas de las leyes aprobadas posteriormente, por ejemplo  la Ley de Minería o la Ley de Soberanía Alimentaria, sin dar paso a la  conformación del Estado plurinacional, en una suerte de  contrarrevolución legal, atenta contra varios de los principios  constitucionales.
Una declaración pionera a nivel mundial
Al reconocer a la Naturaleza como sujeto de derechos, en la búsqueda de  ese necesario equilibrio entre la Naturaleza y las necesidades y  derechos de los seres humanos, enmarcados en el principio del Buen  Vivir, se supera la clásica versión jurídica. Y para conseguirlo nada  mejor que diferenciar los Derechos Humanos de los Derechos de la  Naturaleza, tal como lo plantea Gudynas.
En los Derechos Humanos el centro está puesto en la persona. Se trata de  una visión antropocéntrica. En los derechos políticos y sociales, es  decir de primera y segunda generación, el Estado le reconoce a la  ciudadanía esos derechos, como parte de una visión individualista e  individualizadora. En los derechos económicos, culturales y ambientales,  conocidos como derechos de tercera generación, se incluye el derecho a  que los seres humanos gocen de condiciones sociales equitativas y de un  medioambiente sano y no contaminado. Se procura evitar la pobreza y el  deterioro ambiental.
Los derechos de primera generación se enmarcan en la visión clásica de  la justicia: imparcialidad ante la ley, garantías ciudadanas, etc. Para  cristalizar los derechos económicos y sociales se da paso a la justicia  re-distributiva o justicia social, orientada a resolver la pobreza. Los  derechos de tercera generación configuran, además, la justicia  ambiental, que atiende sobre todo demandas de grupos pobres y marginados  en defensa de la calidad de sus condiciones de vida afectada por  destrozos ambientales. En estos casos, cuando hay daños ambientales, los  seres humanos pueden ser indemnizados, reparados y/o compensados.
En los Derechos de la Naturaleza el centro está puesto en la Naturaleza.  Esta vale por sí misma, independientemente de la utilidad o usos del  ser humano, que forma parte de la Naturaleza. Esto es lo que representa  una visión biocéntrica. Estos derechos no defienden una Naturaleza  intocada, que nos lleve, por ejemplo, a dejar de tener cultivos, pesca o  ganadería. Estos derechos defienden mantener los sistemas de vida, los  conjuntos de vida. Su atención se fija en los ecosistemas, en las  colectividades, no en los individuos. Se puede comer carne, pescado y  granos, por ejemplo, mientras me asegure que quedan ecosistemas  funcionando con sus especies nativas.
A los Derechos de la Naturaleza se los llama derechos ecológicos para  diferenciarlos de los derechos ambientales de la opción anterior. En la  nueva Constitución ecuatoriana -no así en la boliviana- estos derechos  aparecen en forma explícita como Derechos de la Naturaleza, así como  derechos para proteger las especies amenazadas y las áreas naturales o  restaurar las áreas degradadas. También es trascendente la incorporación  del término Pacha Mama, como sinónimo de Naturaleza, en tanto  reconocimiento de interculturalidad y plurinacionalidad.
En este campo, la justicia ecológica pretende asegurar la persistencia y  sobrevivencia de las especies y sus ecosistemas, como redes de vida.  Esta justicia es independiente de la justicia ambiental. No es de su  incumbencia la indemnización a los humanos por el daño ambiental. Se  expresa en la restauración de los ecosistemas afectados. En realidad se  deben aplicar simultáneamente las dos justicias: la ambiental para las  personas, y la ecológica para la Naturaleza.
Siguiendo con las reflexiones de Gudynas, los Derechos de la Naturaleza  necesitan y a la vez originan otro tipo de definición de ciudadanía, que  se construye en lo social pero también en lo ambiental. Estas  ciudadanías son plurales, ya que dependen de las historias y de los  ambientes, acogen criterios de justicia ecológica que superan la visión  tradicional de justicia.
La proyección de los Derechos de la Naturaleza
De los Derechos de la Naturaleza, asumidos en la Constitución  ecuatoriana, se derivan decisiones trascendentales. Uno clave tiene que  ver con procesos de desmercantilización de la Naturaleza, como han sido  la privatización del agua, así como de sus sistemas de distribución y  abastecimiento. Igualmente se exige la eliminación de criterios  mercantiles para utilizar los servicios ambientales. La restauración  integral de los ecosistemas degradados es otro de los pasos  revolucionarios adoptados.
La soberanía alimentaria se transforma en eje conductor de las políticas  agrarias e incluso de recuperación del verdadero patrimonio nacional:  su biodiversidad. Incluso se reclama la necesidad de conseguir la  soberanía energética, sin poner en riesgo la soberanía alimentaria o el  equilibrio ecológico.
Si aceptamos que es necesaria una nueva ética para reorganizar la vida  en el planeta, resulta indispensable agregar a la justicia social y la  justicia ambiental, la justicia ecológica. En otras palabras, los  Derechos Humanos se complementan con los Derechos de la Naturaleza, y  viceversa.
De los Andes al mundo
El mandato de los Derechos de la Naturaleza nos invita a pensar y  realizar una integración regional de nuevo cuño. Y desde esta  perspectiva, desde Nuestra América habrá que levantar la tesis de una  pronta Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza,  compromiso que podrá encontrar un espaldarazo en el marco de la  Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los  Derechos de la Madre Tierra, convocada por el presidente Evo Morales.
Nuestra responsabilidad es grande y compleja. Al tiempo que condenamos  los sistemas y las prácticas depredadoras forjadas en el capitalismo  metropolitano, debemos condenar por igual y superar las diversas formas  de extractivismo que consolidan la sumisión de nuestros países en el  mercado mundial, en tanto productores y exportadores de materias primas.  Este extractivismo, para nada superado en nuestros países, seguirá  hundiendo en la miseria a los pueblos y agravando los problemas  ambientales.
En suma, está en juego el Buen Vivir (sumak kausay o suma qamaña),  relacionado estrechamente con los Derechos de la Naturaleza. Estos  derechos, sumados a los Derechos Humanos, nos conminan a construir  democráticamente sociedades sustentables. Y esas sociedades se lograrán a  partir de ciudadanías plurales pensadas también desde lo ambiental, en  las que el ser humano y las diversas colectividades de seres humanos  coexistan en armonía con la Naturaleza.
-Alberto Acosta es Economista ecuatoriano. Profesor e investigador de la  FLACSO. Consultor internacional. Ex-ministro de Energía y Minas.  Ex-presidente de la Asamblea Constituyente.
Publicado en América Latina en Movimiento Nº 454, abril de 2010, "Por un  nuevo amanecer para la Madre Tierra", coedición ALAI - Fundación Solón.
http://alainet.org/publica/454.phtml